El estado Dominicano nació en la vida jurídica, el 6 de noviembre del 1844, cuando se proclama la constitución dominicana en la ciudad de San Cristóbal. Nuestra constitución se nutre de las leyes sustantivas de otros estados como son:
La Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, llamada Filadelfia, las leyes de Francia y en la Constitución de Cáliz de 1812. Esta constitución fue el conjunto de principios políticos y promesas en las manifestaciones dirigidas al pueblo por los Trinitarios el 16 de enero de 1844, se anunciaba que el propósito del grupo separatista era convertir la nación dominicana en un estado unitario, respetuoso de la religión católica, republicano, democrático y representativo.
Al formarse la Junta Central Gubernativa, día después de la proclamación de la independencia el 27 de febrero después de las medidas para asegurar el orden interno, la administración de los servicios públicos mas esenciales, la obtención de recursos humanos y económicos con que proveer a la defensa del nuevo estado con relación de Haití.
Juan Pablo Duarte fundador de la Trinitaria tenia preparado un proyecto de constitución de su propia creación. Pero no fue ese el que se presente a la constitución de San Cristóbal, sino uno diferente.
En esta asamblea figuraron hombres que conocían la Constitución Española de Cádiz de 1812, que estuvo en vigor en nuestro país, como provincia Española hasta el pronunciamiento de Núñez de Cáceres en 1821.
La Asamblea de San Cristóbal elaboro la constitución en menos de dos meses y la proclamo el 6 de Noviembre del 1844. En esta se consagro en sus líneas generales el programa político anunciado en la manifestación de agravios del 16 de enero del mismo año.
La discusión duro desde el 22 de octubre fecha en que la comisión nombrada al efecto presento su conforme y proyecto hasta el 6 de noviembre. La asamblea figuraron diputados por todas las comunes incluso las cuatro que estaban en el poder de Haití en violencia del tratado de Aranjuez o sea, San Miguel, San Rafael, INIA y las Caobas.
Los hombres mas prominentes y los que mas influyeron en la estructura fundamentalmente de la Constitución, que represento una de la constitución, que represento una transacción entre conversadores y liberales, fueron Manuel Maria Valencia y Buenaventura Báez..
La constitución estableció un gobierno Civil un sistema el Ejecutivo Presidencial, con algunas concesiones al parlamentarismo. La consagración del Gobierno civil no se logro sin fuerte pugna con el presidente Santana, quien pretendía un régimen militar de gobierno y no civil, pues el estado de guerra así lo demandaba. Al principio el congreso se mostró resistente a aceptar produciéndose entonces una crisis política que mantuvo una gran tensión entre la Asamblea constituyente y la Junta Central Gubernativa.
Pero esta se resolvió, finalmente, cuando a insistencia de Tomas de bobadilla se incluyo un nuevo articulo en el texto constitucional que estableció que ¨¨ Durante la guerra actual y mientras no este firmada la paz, el presidente de la Rep. Puede libremente organizar el ejercito y la Fuerzas Armadas, movilizar las guardias de la nación, pudiendo en consecuencia, dar todas las ordenes, providencias y decretos que convengan, sin estas sujetos a respo0nsabilidad alguna.
Este articulo 210 consagrada una dictadura política que invalidaba por completo las provisiones demaraticos del texto constitucional. Algunos protestan por la inclusión de este articulo en la constitución tales como Buenaventura Báez, quien había sido uno de los principales redactores del proyecto original, pero esta tuvo poco eco entre los diputados porque para hacer aprobadas el texto del articulo 210, Santana había enviado a San Cristóbal, donde estaba reunida la Asamblea Constitucional un batallón de Soldados que rodeo amenazadoramente la casa donde los diputados estaban deliberando y les hizo saber la conveniencia de acatar los deseos de su jefe.
Complacido de acatar los deseos de su jefe. Complacido con la inclusión del articulo, Santana entonces acepto se elegido presidente de la Republica por dos periodos consecutivos de 4 años cada uno, o sea hasta el 15 de febrero de 1852, siendo juramentado el día 13 de noviembre y procedió a nombrar su primer consejo de ministros y a designar a los gobernadores de los diferentes pueblos del país, quienes resultaron todos ser militares.
Los años que siguieron fueron difíciles para los dominicanos, pues, se hicieron grandes esfuerzos para organizar institucionalmente el país, las nuevas invasiones haitianas de 1845, y la crisis económicas que resulto como consecuencia de estas invasiones, terminaron desacreditando el gobierno de Santana cuyos ministros fueron incapaces de encontrar soluciones a los problemas económicos y cuyo presidente tenia una política dictatorial que hizo perder muchas simpatías dentro y fuera del gobierno.
Después de 1844, la constitución ha tenido varías reformas la primera fue en 1854 u la ultima en 1994 pero que de un principio la inspiración políticas que de un principio la inspiro las reformas mas fundamentales han sido: La reafirmación del sistema bicamarista, la Supresión del refrendo ministral del acto del presidente la instauración del sufragio directo para las magistraturas políticas, reacción del recurso para los magistrados políticos, reacción del recurso de casación, la extensión de los derechos políticos a las mujeres, la supresión de la pena de muerte, la consagración explicita del poder del congreso para dictar leyes reguladoras de las relaciones obseropatronales entre otras.
Las reformas introducidas en la constitución de la nacionalidad dominicana, no obstante la adquisición de otra nacionalidad, la reelección consecutiva del presidente de la Republica, el otorgar la autonomía administrativa y presupuestaria a la Suprema corte de Justicia la creación del Consejo Nacional de la Magistratura para la designación de los Jueces de la Suprema corte otorgándole la capacidad para la designación de los demás jueces del orden judicial.
Otorgando a la Suprema corte de Justicia conocer la vía directa de la Constitucionalidad de las leyes el aumento de cinco a por lo menos nueve jueces de cortes de apelaciones que habrán de funcionar para toda la republica .la celebración de elecciones separadas para elegir al presidente y vise-presidente de la republica, así como elegir a los demás funcionarios electivos, la creación de los colegios electorales cerrados para el funcionamiento de las Asambleas Electorales.
La Carta Sustantiva del Estado fue proclamada por la Asamblea Nacional Revisora el 14 de agosto de 1944.
Via
Foto: reyeshenriquez.blogspot.com
La Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, llamada Filadelfia, las leyes de Francia y en la Constitución de Cáliz de 1812. Esta constitución fue el conjunto de principios políticos y promesas en las manifestaciones dirigidas al pueblo por los Trinitarios el 16 de enero de 1844, se anunciaba que el propósito del grupo separatista era convertir la nación dominicana en un estado unitario, respetuoso de la religión católica, republicano, democrático y representativo.
Al formarse la Junta Central Gubernativa, día después de la proclamación de la independencia el 27 de febrero después de las medidas para asegurar el orden interno, la administración de los servicios públicos mas esenciales, la obtención de recursos humanos y económicos con que proveer a la defensa del nuevo estado con relación de Haití.
Juan Pablo Duarte fundador de la Trinitaria tenia preparado un proyecto de constitución de su propia creación. Pero no fue ese el que se presente a la constitución de San Cristóbal, sino uno diferente.
En esta asamblea figuraron hombres que conocían la Constitución Española de Cádiz de 1812, que estuvo en vigor en nuestro país, como provincia Española hasta el pronunciamiento de Núñez de Cáceres en 1821.
La Asamblea de San Cristóbal elaboro la constitución en menos de dos meses y la proclamo el 6 de Noviembre del 1844. En esta se consagro en sus líneas generales el programa político anunciado en la manifestación de agravios del 16 de enero del mismo año.
La discusión duro desde el 22 de octubre fecha en que la comisión nombrada al efecto presento su conforme y proyecto hasta el 6 de noviembre. La asamblea figuraron diputados por todas las comunes incluso las cuatro que estaban en el poder de Haití en violencia del tratado de Aranjuez o sea, San Miguel, San Rafael, INIA y las Caobas.
Los hombres mas prominentes y los que mas influyeron en la estructura fundamentalmente de la Constitución, que represento una de la constitución, que represento una transacción entre conversadores y liberales, fueron Manuel Maria Valencia y Buenaventura Báez..
La constitución estableció un gobierno Civil un sistema el Ejecutivo Presidencial, con algunas concesiones al parlamentarismo. La consagración del Gobierno civil no se logro sin fuerte pugna con el presidente Santana, quien pretendía un régimen militar de gobierno y no civil, pues el estado de guerra así lo demandaba. Al principio el congreso se mostró resistente a aceptar produciéndose entonces una crisis política que mantuvo una gran tensión entre la Asamblea constituyente y la Junta Central Gubernativa.
Pero esta se resolvió, finalmente, cuando a insistencia de Tomas de bobadilla se incluyo un nuevo articulo en el texto constitucional que estableció que ¨¨ Durante la guerra actual y mientras no este firmada la paz, el presidente de la Rep. Puede libremente organizar el ejercito y la Fuerzas Armadas, movilizar las guardias de la nación, pudiendo en consecuencia, dar todas las ordenes, providencias y decretos que convengan, sin estas sujetos a respo0nsabilidad alguna.
Este articulo 210 consagrada una dictadura política que invalidaba por completo las provisiones demaraticos del texto constitucional. Algunos protestan por la inclusión de este articulo en la constitución tales como Buenaventura Báez, quien había sido uno de los principales redactores del proyecto original, pero esta tuvo poco eco entre los diputados porque para hacer aprobadas el texto del articulo 210, Santana había enviado a San Cristóbal, donde estaba reunida la Asamblea Constitucional un batallón de Soldados que rodeo amenazadoramente la casa donde los diputados estaban deliberando y les hizo saber la conveniencia de acatar los deseos de su jefe.
Complacido de acatar los deseos de su jefe. Complacido con la inclusión del articulo, Santana entonces acepto se elegido presidente de la Republica por dos periodos consecutivos de 4 años cada uno, o sea hasta el 15 de febrero de 1852, siendo juramentado el día 13 de noviembre y procedió a nombrar su primer consejo de ministros y a designar a los gobernadores de los diferentes pueblos del país, quienes resultaron todos ser militares.
Los años que siguieron fueron difíciles para los dominicanos, pues, se hicieron grandes esfuerzos para organizar institucionalmente el país, las nuevas invasiones haitianas de 1845, y la crisis económicas que resulto como consecuencia de estas invasiones, terminaron desacreditando el gobierno de Santana cuyos ministros fueron incapaces de encontrar soluciones a los problemas económicos y cuyo presidente tenia una política dictatorial que hizo perder muchas simpatías dentro y fuera del gobierno.
Después de 1844, la constitución ha tenido varías reformas la primera fue en 1854 u la ultima en 1994 pero que de un principio la inspiración políticas que de un principio la inspiro las reformas mas fundamentales han sido: La reafirmación del sistema bicamarista, la Supresión del refrendo ministral del acto del presidente la instauración del sufragio directo para las magistraturas políticas, reacción del recurso para los magistrados políticos, reacción del recurso de casación, la extensión de los derechos políticos a las mujeres, la supresión de la pena de muerte, la consagración explicita del poder del congreso para dictar leyes reguladoras de las relaciones obseropatronales entre otras.
Las reformas introducidas en la constitución de la nacionalidad dominicana, no obstante la adquisición de otra nacionalidad, la reelección consecutiva del presidente de la Republica, el otorgar la autonomía administrativa y presupuestaria a la Suprema corte de Justicia la creación del Consejo Nacional de la Magistratura para la designación de los Jueces de la Suprema corte otorgándole la capacidad para la designación de los demás jueces del orden judicial.
Otorgando a la Suprema corte de Justicia conocer la vía directa de la Constitucionalidad de las leyes el aumento de cinco a por lo menos nueve jueces de cortes de apelaciones que habrán de funcionar para toda la republica .la celebración de elecciones separadas para elegir al presidente y vise-presidente de la republica, así como elegir a los demás funcionarios electivos, la creación de los colegios electorales cerrados para el funcionamiento de las Asambleas Electorales.
La Carta Sustantiva del Estado fue proclamada por la Asamblea Nacional Revisora el 14 de agosto de 1944.
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Foto: reyeshenriquez.blogspot.com
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